PIC

El COAATBU cuenta con un Punto de Información Catastral, autorizado por la Dirección General de Catastro, para los ciudadanos que necesiten consultar información catastral.

El servicio se ofrece de forma gratuita a colegiados y ciudadanos.

A través del Punto de Información Catastral del COAATBU se prestan los siguientes servicios del Catastro:

  • Consulta de datos catastrales no protegidos y certificación de la referencia catastral
  • Consulta y certificación de datos catastrales protegidos, por el titular catastral, representante o autorizado.
  • Certificación negativa.
  • Consulta por el titular catastral sobre información de solicitudes de ayuda de la PAC.
  • Información y asistencia al ciudadano. Confección de declaraciones y utilización del asistente gráfico.
  • Consulta y certificación de datos catastrales protegidos por titulares catastrales colindantes, titulares de derechos reales, de arrendamiento y aparcería y herederos.

Tratándose de datos catastrales protegidos, la normativa sobre los Puntos de Información Catastral Únicamente permite el acceso a estos servicios a quien figura inscrito en el Catastro como titular catastral, su representante o persona autorizada por él/ella.

Por lo tanto, la falta de coincidencia entre el NIF de quien figure como titular catastral y el de el/la solicitante, actúe por sí o por representación, determina que no pueda ser atendida la solicitud, siendo en estos casos precisa la intervención de la Gerencia del Catastro, a la que el interesado/a debe desplazarse o bien dirigir un escrito describiendo la situación particular que impide el acceso a los datos catastrales protegidos y solicitando la corrección de los datos que se consideren erróneos.

También podrán atenderse en el Punto de Información Catastral las solicitudes de quienes se amparen en alguno de los supuestos de interés legítimo y directo establecidos en el artículo 53 del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario

En los supuestos en que se actúe como representante o autorizado/a del titular catastral se deberá aportar la correspondiente documentación acreditativa:

• Original del documento acreditativo de la representación o de la autorización, o bien copia de los mismos, previa exhibición de los documentos originales. (Modelo de autorización)

• Copia del DNI del autorizante que se acompañará al escrito de autorización

PIC-online (Sólo colegiados)

Permite la certificación telemática de la información incorporada a la Base de Datos Nacional del Catastro, mediante el acceso a la oficina virtual del catastro, proporcionando un servicio a los colegiados sobre la información catastral para utilizarla en las gestiones de sus trabajos profesionales.
De este modo, a todos los colegiados, en nombre propio o para sus clientes con su autorización, se les facilitará desde el PIC de este Colegio la solicitud de Certificaciones de Datos Catastrales, así como la presentación de declaraciones ante el Catastro.

Procedimiento:

El colegiado envía al PIC de su Colegio la solicitud de información (formulario SATIC), firmada por el solicitante, junto con la correspondiente documentación acreditativa de la legitimación de acceso a los datos catastrales.

Además se acompañará la correspondiente declaración responsable, firmada por el interesado, en la que declara que cuenta con la documentación original y que se compromete a ponerla a disposición de la Administración cuando le sea requerida.

En caso de que el solicitante sea una persona autorizada por el titular de los datos catastrales para acceder a estos, se adjuntará la correspondiente autorización del titular catastral. El Colegio pondrá a disposición del colegiado un modelo de autorización, previamente facilitado por la Dirección General del Catastro.